En ocasiones, el Estado renuncia a la potestad de reprimir conductas por razones de política criminal y en atención a preservar determinadas relaciones (familiares, fraternas, de amistad, entre otras). Estas serían las excusas absolutorias.
En términos conceptuales, son aquellas circunstancias que excluyen la pena y que pueden referir tanto a la calidad personal del mismo autor cuanto a su propia actividad fuera de la conducta ilegal, a la actividad de un tercero o a la situación en que el hecho se comete.
La norma debe crear una solución para que los papás puedan acceder al control de la navegación en Internet de sus hijos, que compatibilice la patria potestad y el derecho del niño a su intimidad.
Contenido extraido de: http://ift.tt/1zSvgC3