martes, 19 de agosto de 2014

¿Qué penas queremos en la Argentina?





Los ciudadanos tenemos principios constitucionales que nos protegen de los excesos del poder, para que el Estado, por caso, no “invente” un delito o el monto de una pena que no estén expresamente determinados y delimitados con anterioridad al hecho en cuestión.


Uno de estos principios significa que por más inmoral, ilícito o despreciable que resulte una conducta, jamás será delito si no está previsto de esa manera en una ley penal (tipo), por estar aquella conducta reservada al individuo como zona exenta del castigo penal (acciones privadas).







Luis Roberto Rueda*






No existe la “perpetuidad”, conforme al derecho penal argentino (menos aún tras la derogación del Código de Justicia Militar, que también clausuró la pena de muerte).









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